EPSO/AD/303/15 – Experiencia profesional exigida

Ya indicamos en la entrada de la semana pasada que la oposición para administradores especialistas en el ámbito de cooperación al desarrollo era especialmente exigente por cuanto se refiere a la experiencia profesional. Hoy vamos a tratar este requisito de forma individualizada para tratar de dar alguna orientación a los interesados en participar en esta oposición.

El número de años exigido (seis o siete, dependiendo de la duración de los estudios previos) es un requisito objetivo, sin embargo, al tratarse de un ámbito multidisciplinar, el tipo de experiencia profesional puede ser muy variado.

De hecho, aunque no lo dice directamente, la propia convocatoria establece una lista de ámbitos o sectores genéricos en los que esa experiencia profesional ha podido ser desarrollada:

  • gobernanza
  • derechos humanos
  • elecciones
  • asuntos parlamentarios
  • sistemas judiciales
  • sanidad
  • educación
  • cultura
  • comunicación
  • cohesión social
  • cuestiones de género
  • protección del menor
  • pueblos indígenas
  • descentralización y autoridades locales
  • macroeconomía
  • gestión de las finanzas públicas
  • reforma del sector público
  • sector privado
  • comercio
  • integración regional
  • medio ambiente y recursos naturales
  • cambio climático
  • seguridad alimentaria
  • reducción del riesgo de catástrofes
  • desarrollo rural
  • agricultura
  • veterinaria y zootecnia
  • silvicultura
  • pesca
  • agua
  • energía
  • infraestructura y transporte

Es decir, el ámbito de la actividad profesional previa no es necesario que sea únicamente el de la cooperación al desarrollo y/o ayuda a terceros países, sino que el candidato ha podido llevar trabajar en otros ámbitos desarrollando funciones que sí que pueden ser de utilidad en el ámbito específico de la oposición.

Por ejemplo, la experiencia de médicos, maestros, trabajadores sociales, etc. sí que podría ser considerada relevante, incluso si no ha sido llevada a cabo en el ámbito internacional.

Prácticas, becas y voluntariado

Otra cuestión a tratar es que tipo de actividades se consideran experiencia profesional y si solo aquellas que han sido llevadas a cabo de forma laboral (es decir, con un contrato de trabajo) pueden ser contabilizadas.

En el ámbito de la ayuda al desarrollo son muchos los que llevan a cabo su labor de forma voluntaria o bajo otras formas distintas de la laboral (prácticas, becas, etc.) y seguramente hay potenciales candidatos que necesitan que dicha experiencia sea contabilizada para alcanzar el mínimo de seis/siete años exigido en la convocatoria.

En este sentido, es importante recordar que la Unión Europea es bastante flexible y acepta como experiencia profesional prácticas que, aunque no se lleven a cabo con contrato de trabajo, sí que sean remuneradas (independientemente de cual sea esa remuneración). Lo mismo puede decirse de becas que no sean exclusivamente académicas.

En cuanto a las actividades de mero voluntariado no son, en principio, consideradas experiencia profesional. Sin embargo, si dichas actividades incluyen, por ejemplo, el pago de viaje o alojamiento (aunque sea de forma parcial) podría considerarse una forma de retribución en especie.

De cualquier forma es el Comité de evaluación el único que puede valorar estas circunstancias y lo hará de forma individualizada así que, aunque sería deseable, no existen unos criterios claros que puedan ser aplicados de manera general.

17 comentarios sobre “EPSO/AD/303/15 – Experiencia profesional exigida

  1. Supongo que yo pequé de ilusa, un 35 y me he quedado fuera. Creo que la próxima vez no mirare más profundamente los condionantes.

  2. Hola, me gustaría saber que tiempo debes estar en el primer destino otorgado si apruebas las oposiciones; y como va cambiando la ubicación del lugar de trabajo, un saludo Gracias.

    1. Hola, en la mayoría de las contrataciones se suele exigir una permanencia mínima en el primer destino (normalmente dos años) pero dependiendo del tipo de contrato y del destino podría haber condiciones específicas.

      La movilidad dentro de la función pública europea es muy alta, y en este tipo de actividades todavía más, sin embargo la misma depende de multitud de variantes, así que no es fácil anticipar como puede variar el puesto de trabajo.

    2. Las afectaciones en delegaciones de la UE son de 4 anos, minimo 2 anos solamente en paises muy dificiles como Afganistan.

  3. Si me puedo permitir un comentario, relacionado con el del numero de candidatos, creo que la situación serà comparable con la que hubo en el pasado con la opo n 229 (también sobre cooperación al desarrollo), en donde se presentaron todos los agentes contractuales que trabajan actualmente en las delegaciones UE a países terceros. Son profesionales con experiencia especifica en la gestión de ayuda al desarrollo financiada por fundos europeos y tienen una ventaja no indiferente a nivel del talent screener comparado con profesionales que no ayan trabajado en la UE, simplemente porque su experiencia es màs facil de valorar por el comité de evaluación por ser en terreno conocido. Así que personalmente creo que, como la vez pasada, puede esperarse que la mayoría de los que pasaran a hacer el AC sean parte de este grupo…

    1. Si, más bien la cosa parece ir por ahí aunque creo que además los estados miembros tendrán su cuota. Quedará un 50% gente de dentro 50% gente de fuera. Por otro lado no hay más que ver la convocatoria. 6 años son una rotación en 2 países en las delegaciones. Vamos que blanco y en botella

  4. Sentimos no poder responder todas las preguntas que nos habéis formulado tanto en forma de comentarios como a través de email respecto a los requisitos de esta oposición.

    Como se ha señalado y discutido, la convocatoria puede ser interpretada de forma más o menos estricta y la única interpretación válida será la del Comité de evaluación, así que no consideramos que nuestra opinión sobre los diversos y variados curriculos de cada uno sea de mucha utilidad.

    Nuestro consejo es que los interesados en la oposición analicen su propia experiencia profesional de una forma realista y valoren su adecuación a los requisitos exigidos en la convocatoria. En caso de duda consideramos que es preferible presentar la candidatura para que sea el comité el que la evalúe y determine si se cumplen o no dichos requisitos.

  5. En mi caso tampoco lo tengo claro. Llevo más de diez años trabajando en la administracion, en un departamento que entre otras cosas tiene un programa de subvenciones para ayuda al desarrollo. Yo participo en la tramitación de las ayudas pero solo durante una parte del año (entre uno y dos meses) ¿como cuento los años de experiencia? ¿son todos los que llevo trabajando? ¿la parte proporcional? ¿Y después tengo que probar el tiempo dedicado a ayuda al desarrollo?

  6. No estoy muy seguro de que lo importante sea el lugar donde se ha trabajado sino el trabajo y aun así tampoco está claro. Un médico que se dedica a curar en España no cumple los requisitos y otro que lo hace en Nigeria sí? En mi caso (investigación) si estoy en un laboratorio en España no es cooperación y si lo hago en Burkina Faso sí? si tengo un contrato con una universidad no es cooperación y si lo tengo con el aecid sí? Yo creo tienen razon aqui, en lugar de pensar demasiado es mejor apuntarse y despues que sea lo que epso quiera.

    1. Creo que a lo mejor no se entiende bien lo que es la cooperacion al desarrollo. Un medico espanol que tiene un consultorio o trabaja en un hospital en Burkina Faso o Niger viviendo alla no hace necesariamente cooperacion. Tendria que estar involucrado en un proyecto de cooperacion. Lo mismo para usted, la investigacion, que la haga en Espana o en Burkina Faso, no es necesariamente cooperacion al desarrollo. No es el contrato que importa sino la naturaleza de su trabajo. Puedes trabajar con la AECID como chofer o secretaria y tu trabajo no tener nada que ver con la cooperacion al desarrollo.

      1. Lo siento, pero tu mismo te contradices. Según tú, si llevo a cabo a cabo la investigación dentro de un proyecto de cooperación al desarrollo es cooperación al desarrollo, si la hago en un programa de doctorado de una universidad no, aunque sea la misma investigación. Por lo tanto qué es lo importante? la naturaleza del trabajo (que es la misma en ambas) o el contrato?

  7. Siguiendo mi ejemplo, un medico puede en efecto haber trabajado 5 anos o mas en hospitales en Espana pero a esta experiencia profesional se tendria que sumar una experiencia, en cualquier momento de su carrera, de 6 anos en el ambito de la cooperacion al desarrollo, que es lo relevante para esta convocatoria

  8. lo siento pero no estoy de acuerdo con su interpretacion del texto que es demasiada abierta mientras esta convocatoria es restringida. Si lee bien la convocatoria, vera que su ambito es «la cooperacion al desarrollo y la gestion de la ayuda con paises terceros». O sea, se puede tener experiencia en todos los temas que ustedes mencionan, siempre y cuando tengan que ver con la cooperacion internacional. Por ejemplo, es cierto que un medico puede aplicar pero solo puede ser elegible si ha trabajado 6 anos en el ambito de la cooperacion internacional, es decir si un medico ha trabajado siempre en Espana pero nunca en proyectos de cooperacion (por ejemplo en Africa), en mi opinion, no tiene el perfil. Lo mismo por ejemplo para un ingeniero: puede haber empezado su carrera en Espana pero en algun momento tiene que haber trabajado en proyectos con paises terceros, o sea de cooperacion. Como ustedes dicen, en todo caso, cada uno es libre de interpretar como quiera la convocatoria y postular, porque la palabra final sobre la elegibilidad la tendra el comité de seleccion. Sin embargo, creo que no se deberia crear tantas expectativas incitando personas a postular que no tienen casi ninguna posibilidad de pasar la etapa de la evaluacion de talentos, porque eso hace que hay miles de candidatos que se inscriben a las oposiciones de la UE sin tener en realidad el perfil y que son excluidos en etapas posteriores, eso en el caso de oposiciones para especialistas.

    1. Hola Elena,
      como hemos dicho la única interpretación realmente válida es la del Comité de evaluación y esta es difícil de conocer a priori, ya que dependiendo de la oposición, del número de candidatos, del tipo de selección, etc. ha habido comités que han sido mucho más “exigentes” que otros.

      De cualquier forma nuestro análisis se reduce a los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria, no a las posibilidades de superar o no el Talent Screener o la oposición en su totalidad; y en ese sentido creemos que es posible una interpretación más abierta.

      Siguiendo con tu ejemplo, podemos pensar en un médico que ha trabajado los últimos cinco años en proyectos de cooperación en África y anteriormente cinco años más en hospitales españoles. Según una interpretación restrictiva de la experiencia profesional “en el ámbito de la oposición”, ese candidato no cumpliría con los requisitos de la convocatoria… nosotros creemos que sí y que, en todo caso, lo correcto es que sea el Comité de evaluación el que determine si los cumple o no (lo cual es imposible sin presentar previamente la candidatura).

    2. Yo estoy de acuerdo con Elena. Los criterios, son bastante claros y el trabajo que hace la DG que tramita este concurso, todavía más.

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