EPSO/AD/293/14 – Número de inscritos y consecuencias (II)

La semana pasada ya señalamos como el número de inscritos puede afectar directamente al procedimiento escogido para llevar a cabo la selección de los opositores que accederán a las pruebas del Assessment Centre.

También hicimos referencia a la posibilidad de que entre los ámbitos se formen dos grupos: los que requieren la celebración de una fase previa de test y los que basarán esta primera selección en el curriculum de los candidatos y en su adecuación a los perfiles solicitados.

Sin embargo, independientemente del procedimiento que se siga, el número de opositores que accederán a la siguiente fase viene ya marcado por la convocatoria y no podrá ser superior a tres veces el número de aprobados previsto por la misma convocatoria.

Es decir, aunque ya hemos visto anteriormente que estas previsiones no son demasiado rígidas, el  número de seleccionados en cada uno de los ámbitos debería aproximarse a las siguientes cifras:

oposiciones epso economia derecho

Aceptando esta aproximación, también podemos prever el porcentaje de aprobados en la primera fase de la oposición en cada uno de los ámbitos:

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Teniendo en cuenta que estamos hablando de candidatos inscritos y que muchos de ellos podrían no cumplir con los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria o no presentarse a las eventuales pruebas, los ámbitos que superan el 10% ofrecen un panorama bastante esperanzador para sus opositores.

En el caso de Derecho de la competencia y Financiación empresarial, el porcentaje es algo más reducido, por lo que la fase previa de test  que previsiblemente se llevará a cabo puede ser determinante.

Esperemos que EPSO continúe con la diligencia que ha mostrado hasta ahora en esta oposición e informe cuanto antes a los opositores de cuáles serán los ámbitos que realizarán una primera criba a través de los test de razonamiento verbal, numérico y abstracto.

2 comentarios sobre “EPSO/AD/293/14 – Número de inscritos y consecuencias (II)

  1. Como de costumbre habéis acertado de pleno. Sobre el numero de «invitados» al AC, como decis, la cosa es flexible. En Pachtitis, en derecho eramos 3.5 por plaza, mientras que en EPA eran 2.5… ojala supiesemos qué pasa por la cabeza de EPSO para decidir estas cosas.

    1. No es por defenderla, pero en realidad EPSO no tiene una sola cabeza, sino muchas, y las decisiones que a veces le achacamos no provienen dirctamente de EPSO sino de los distintos Comités de Evaluación, que gozan de una gran independencia. Ello no obsta a que EPSO sea la responsable final del funcionamiento de las oposiciones y que sería deseable que impusiese una cierta uniformidad para garantizar la igualdad de trato de todos los opositores.

      En cuanto a los aciertos, son producto de mucha experiencia y algo de suerte, en realidad los caminos de EPSO son inexcrutables.

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