EPSO/AST/139/16 – Fecha del estudio de caso (I)

Tres semanas después de la invitación a las pruebas en el Assessment Centre que se llevarán a cabo en Bruselas, los candidatos de la oposición para asistentes EPSO/AST/139/16, en los ámbitos de finanzas y recursos humanos, han sido finalmente informados de la fecha en que se llevará a cabo el estudio de caso, que en en los dos ámbitos será el 28 de septiembre.

Queda todavía un mes para la celebración de la prueba, lo cual es un tiempo razonable para llevar a cabo la comunicación, pero resulta extraño que EPSO haya tardado tanto en confirmar una fecha que es única para todos los opositores cuando hace tiempo que se conocen las fechas individuales de los más de cuatrocientos candidatos para llevar a cabo el resto de pruebas, lo cual se antoja un esfuerzo de organización mucho más complejo.

Es evidente que la comunicación previa relativa al resto de pruebas se debe a que dichas pruebas van a dar comienzo antes de que se celebre el estudio de caso, pero eso es precisamente lo más criticable: no la fecha concreta en que se celebra o el momento de comunicación, sino el hecho de que se “inserte” dentro del periodo de exámenes en el que se realizan el resto de pruebas en el Assessment Centre.

Esto hace que haya opositores que vayan a llevar a cabo el resto de pruebas antes que el estudio de caso, otros que lo harán después… y otros que lo harán de forma casi simultánea, mediando apenas unos días entre una citación y otra.

El número de opositores y la complejidad de las pruebas que se llevan a cabo en el Assessment Centre hace imposible que se todos los candidatos sean evaluados en una misma fecha, por lo que es necesario que haya un periodo de exámenes más o menos largo dependiendo de la oposición de que se trata y del número de plazas convocado. Esto puede generar una cierta ventaja para aquellos candidatos que son convocados para una fecha posterior y que disponen, por lo tanto, de más tiempo para la preparación de las pruebas.

Esta “desigualdad” entre candidatos resulta inevitable… pero ello no quiere decir que no pueda ser matizada… o en algunos casos, como el presente, agravada.

En términos de igualdad, lo ideal sería que la oposición finalizase con el estudio de caso, es decir, con la única prueba que todos los opositores llevan a cabo en una misma fecha. De esa forma el tiempo de preparación para todos los opositores sería el mismo: aquellos que fuesen convocados al inicio del periodo de exámenes en el Assessment Centre dispondrían de menos tiempo para la preparación de esas pruebas, pero se compensaría con más tiempo para la preparación del estudio de caso… y viceversa, los que fuesen citados para fechas posteriores dispondrían de más tiempo para la preparación de las primeras pruebas y menos para la del estudio de caso (aunque siempre existe la posibilidad de simultanear ambas preparaciones).

En términos más prácticos, es comprensible que el estudio de caso no se deje para el final porque su corrección exige más tiempo que el resto de pruebas y ello podría hacer que el tiempo para disponer de los resultados finales se alargase más de lo que ya lo hace.

Podríamos compartir esta preferencia por la eficiencia frente a la igualdad si en otras fases de la oposición EPSO se preocupase del mismo modo por la eficiencia y velocidad de sus oposiciones (lo cual es bastante discutible), pero, de cualquier forma, se debe admitir que al menos resulta justificable.

Lo que resulta mucho menos justificable es que, si no es posible llevar a cabo el estudio de caso en último lugar, no se haga al menos en primer lugar. Es decir, las pruebas deberían comenzar con el estudio de caso, para el cual todos los opositores dispondrían del mismo tiempo de preparación, y dejar después un cierto intervalo (quizás un mínimo de dos semanas), antes del comienzo de las siguientes pruebas.

Esta opción no elimina completamente la desigualdad entre opositores (lo cual ya hemos dicho que resulta prácticamente imposible) pero sí que la reduce a unos términos que resultan aceptables y accesibles… y por ello también exigibles.

(Continuará)

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