EPSO/AD/322/16 – ¿Para cuando los resultados del Talent Screener?

Más de una semana después que EPSO diese a conocer los candidatos admitidos a la fase de Talent Screener, la duda es cuándo se comunicarán los resultados de la misma y el consiguiente acceso a la fase final en el centro de evaluación.

La duda está más que justificada y desde luego no vamos a ser nosotros los que tratemos de despejarla, pero sí que vamos a intentar explicar algunas circunstancias que pueden afectar al tiempo de espera.

En primer lugar hay que decir que las experiencias anteriores no resultan de gran ayuda, ya que ha habido oposiciones en las que el resultado del Talent Screener se ha comunicado a penas un par de días después de confirmarse el acceso al mismo y ha habido otras en las que esa misma comunicación se ha postergado por más de dos meses.

Como en muchas otras fases de la oposición lo que resulta criticable no es el tiempo de espera en sí, sino su elasticidad e inconcreción. Toda fase debería contar con un plazo al menos aproximado de resolución de forma que no se obligase a los opositores a consultar su cuenta diariamente a la espera de noticias.

Puestos a pedir, lo ideal sería contar además con un plazo máximo que obligase al comité de evaluación a actuar con una cierta diligencia y no prolongar en exceso el tiempo de espera entre unos y otros resultados.

En este caso, hay una cierto límite que viene marcado por el propio calendario de la oposición. EPSO tiene previsto iniciar las pruebas de la fase final en enero, por lo que si quiere dar a los opositores aprobados un cierto margen, tanto para la preparación de las pruebas como para la organización de los eventuales viajes, debería comunicar los resultados en el mes de noviembre.

Lamentablemente este tipo de previsión no siempre se cumple, bien porque el calendario de la oposición se modifica sobre la marcha o bien porque EPSO no se preocupa de dar a sus opositores ese margen básico de tiempo.

Por otro lado, del mismo modo que criticamos el tiempo de espera excesivo, también resulta criticable lo opuesto. Ya hemos señalado que en ciertas oposiciones el plazo que ha mediado entre la admisión al Talent Screener y la comunicación de los resultados ha sido de apenas un par de días.

Esto resulta inaceptable. La finalización de cada fase implica la eliminación de un número de candidatos y mientras hay eliminaciones que pueden resultar más o menos objetivas (como el resultado de las pruebas de test), hay otras que son más discutibles y están abiertas a reclamación por parte de los afectados.

Este es el caso de los opositores que han resultado excluidos de la oposición porque el comité de evaluación ha considerado que no cumplían los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria. No son pocos los que piensan que esta exclusión no ha valorado convenientemente alguna titulación académica o experiencia profesional y que, consecuentemente, han solicitado una revisión de su candidatura.

Si esta revisión se produce antes de llevar a cabo la selección basada en el Talent Screener, EPSO no tendrá ningún problema a la hora reincorporar a los candidatos readmitidos (en el caso de que existan) en esa misma fase de selección. Si, por el contrario, tanto la selección como la comunicación de la misma ya se han llevado a cabo, la reincorporación de los candidatos inicialmente excluidos se hace mucho más dificultosa.

En definitiva, si EPSO no se toma a broma su propio sistema de reclamaciones, la comunicación de los resultados del Talent Screener no debería producirse hasta al menos dos semanas después de la comunicación del acceso (o no) a dicha fase.

Lo cierto es que EPSO sí se ha tomado a broma su propio sistema de reclamaciones durante mucho tiempo, aunque a la vista de los tirones de orejas que por este motivo se ha llevado por parte del Defensor del Pueblo Europeo lo normal sería que al menos disimulase un poco y no comunicase los resultados durante esta semana.

3 comentarios sobre “EPSO/AD/322/16 – ¿Para cuando los resultados del Talent Screener?

  1. que un concurso público de empleo no tenga fechas y plazos para cada una de las fases si es realmente una gran broma

  2. ‘Toda fase debería contar con un plazo al menos aproximado de resolución de forma que no se obligase a los opositores a consultar su cuenta diariamente a la espera de noticias.’

    Exacto!

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